OXC-2018-008_ANUNCIO DE LA FUNDACIÓN CIUDAD DE LA ENERGÍA POR EL QUE SE ADJUDICA EL PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN LOS EDIFICIOS DEL CENTRO DE DESARROLLO DE TECNOLOGÍAS DE LA FUNDACIÓN EN CUBILLOS DEL SIL (LEÓN)
1. ENTIDAD ADJUDICADORA: DATOS GENERALES Y DATOS PARA LA OBTENCIÓN DE LA INFORMACIÓN:
a) Organismo. Fundación Pública Estatal Ciudad de la Energía.
b) Dependencia que tramita el expediente. Asesoría Jurídica de la Fundación.
c) Obtención de documentación e información:
1) Dependencia. Asesoría Jurídica de la Fundación
2) Domicilio: Avenida del Presidente Rodríguez Zapatero s/n
3) Localidad y código postal. Cubillos del Sil (León), CP 24492
4) Teléfono. 987457454
5) Correo electrónico.
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6) Dirección de Internet del perfil del contratante. citi.mifarmaciadigital.com
d) Número de expediente: OXC-2018-008
2. OBJETO DEL CONTRATO:
a) Tipo. SERVICIOS.
b) Descripción. Prestación del SERVICIO DE LIMPIEZA EN LOS EDIFICIOS DEL CENTRO DE DESARROLLO DE TECNOLOGÍAS DE LA FUNDACIÓN EN CUBILLOS DEL SIL (LEÓN).
c) División por lotes y número de lotes/Número de unidades. No procede.
Teniendo en cuenta tanto la naturaleza de los servicios que se licitan, sin prestaciones diferenciadas con sustantividad propia que requieran una ejecución separada e independiente, como el hecho de que este contrato se ejecute en una única instalación, no procede la división en lotes del objeto del contrato puesto que el mismo constituye una unidad funcional y, consecuentemente, para el logro de la finalidad prevista, se licita como un único Contrato.
d) Lugar de ejecución: Cubillos del Sil (león).
e) Plazo de vigencia del Contrato: El plazo de vigencia del Contrato será de SEIS (6) MENSUALIDADES, a contar desde la correspondiente orden de inicio emitida por la Fundación, que se emitirá por la Fundación en el plazo máximo de un mes, desde la formalización del Contrato.
Está prevista una prórroga de seis (6) mensualidades al presente Contrato, que de ser acordada por la Fundación será obligatoria para el Contratista siempre que su preaviso se produzca con al menos dos (2) meses de antelación a la finalización del plazo de duración del Contrato.
g) CPV (Referencia de Nomenclatura): 90911200-8 (Servicios de limpieza de edificios).
3. TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO:
a) Tramitación. Ordinaria.
b) Procedimiento. ABIERTO SIMPLIFICADO de acuerdo con el artículo 159 de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP).
c) Criterios de adjudicación:
En la presente licitación se acordará la adjudicación únicamente en base a criterios objetivos de adjudicación ponderables mediante la aplicación de fórmulas, en los siguientes términos:
A- CRITERIOS ECONÓMICOS (95%)…………………………95 PUNTOS MÁXIMO
1) Precio ofertado por hora de limpiador para la parte fija. Se considera que el criterio objetivo del precio ofertado tiene un peso igual al ochenta y dos por ciento del total (82 %). En consecuencia, se le asigna un máximo de ochenta y dos (82) puntos.
Se asignará la máxima puntuación a la propuesta más baja entre las admitidas, y el resto se distribuirá de forma inversamente proporcional (regla de tres simple inversa). Las cifras se expresarán con dos decimales.
2) Precio ofertado por hora de limpieza de cristales para la parte fija. Se considera que el criterio objetivo del precio por hora para limpieza de cristales tiene un peso igual al cinco por ciento del total (5 %). En consecuencia, se le asigna un máximo de cinco (5) puntos.
Se asignará la máxima puntuación a la propuesta más baja entre las admitidas, y el resto se distribuirá de forma inversamente proporcional (regla de tres simple inversa). Las cifras se expresarán con dos decimales.
3) Precio ofertado por los trabajos específicos de limpieza de cristales en altura para la parte fija. Se considera que este criterio tiene un peso igual al uno por ciento del total (1 %). En consecuencia, se le asigna un máximo de un (1) punto.
Se asignará la máxima puntuación a la propuesta más baja entre las admitidas, y el resto se distribuirá de forma inversamente proporcional (regla de tres simple inversa). Las cifras se expresarán con dos decimales.
4) Precio ofertado por hora de limpiador para la parte variable. Se considera que el criterio objetivo del precio por hora de limpiador para la parte variable tiene un peso igual al dos por ciento del total (2 %). En consecuencia, se le asigna un máximo de dos (2) punto.
Se asignará la máxima puntuación a la propuesta más baja entre las admitidas, y el resto se distribuirá de forma inversamente proporcional (regla de tres simple inversa). Las cifras se expresarán con dos decimales.
5) Precio ofertado por hora de limpieza de cristales para la parte variable. Se considera que el criterio objetivo del precio por hora para limpieza de cristales tiene un peso igual al dos por ciento del total (2 %). En consecuencia, se le asigna un máximo de dos (2) puntos.
Se asignará la máxima puntuación a la propuesta más baja entre las admitidas, y el resto se distribuirá de forma inversamente proporcional (regla de tres simple inversa). Las cifras se expresarán con dos decimales.
6) Precio ofertado por los trabajos específicos de limpieza de cristales en altura para la parte variable. Se considera que este criterio tiene un peso igual al uno por ciento del total (1 %). En consecuencia, se le asigna un máximo de un (1) punto.
Se asignará la máxima puntuación a la propuesta más baja entre las admitidas, y el resto se distribuirá de forma inversamente proporcional (regla de tres simple inversa). Las cifras se expresarán con dos decimales.
7) Precio ofertado para los trabajos de limpieza no ordinarios de periodicidad anual de la parte variabledescritos en el punto 6.1.2.6 del PPT. Se considera que el criterio objetivo del precio a tanto alzado para los trabajos de limpieza no ordinarios tiene un peso igual al dos por ciento del total (2 %). En consecuencia, se le asigna un máximo de dos (2) puntos.
Se asignará la máxima puntuación a la propuesta más baja entre las admitidas, y el resto se distribuirá de forma inversamente proporcional (regla de tres simple inversa). Las cifras se expresarán con dos decimales.
B- CRITERIOS CUALITATIVOS (5 %)……………………..5 PUNTOS MÁXIMO
Criterio medioambiental. Se considera que este criterio tiene un peso igual al cinco por ciento del total (5 %). En consecuencia, se le asigna un máximo de cinco (5) puntos, valorándose los siguientes aspectos:
I.Suministro y utilización de productos ecológicos o de material reciclado y libre de cloro: jabón de manos, papel higiénico y servilletas seca manos.
II.Utilización de limpiacristales, friegasuelos, limpiador multiusos, limpiador de baños y lavavajillas a mano con certificación ecológica.
III.Utilización de bolsas de basura compuestas por material biodegradable o 100 % reciclado
Documentación a aportar: Se precisará de la correspondiente etiqueta de certificado en todos los materiales, ecoetiqueta Tipo I. Por ejemplo: Etiqueta Ecológica de la Unión Europea (Ecolabel), Cisne Nórdico, Ángel Azul o equivalente.
Al licitador que acredite el suministro y uso de dichos productos ecológicos, se le otorgarán dos (2) puntos por el cumplimiento del criterio I., 3 (3) puntos por el cumplimiento del criterio II. y un (1) punto por el cumplimiento del criterio III.
C/ APRECIACIÓN DE BAJAS ANORMALES O DESPROPORCIONADAS
Respecto al precio total ofertado, se considerarán, en principio, anormales o desproporcionadas las ofertas que se encuentren en los supuestos y términos previstos en EL PCP.
D/ CRITERIOS PARA RESOLVER LOS EMPATES DE LA PUNTUACIÓN FINAL
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 147.2 LCSP, el empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato se resolverá mediante la aplicación por orden de los siguientes criterios sociales, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas:
a) Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las empresas, primando en caso de igualdad, el mayor número de trabajadores fijos con discapacidad en plantilla, o el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la plantilla.
b) Menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las empresas.
c) Mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas.
d) El sorteo, en caso de que la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar a desempate.
A efectos de aplicación de estos criterios los licitadores deberán acreditarlos, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social y cualquier otro documento admitido en derecho que acredite los criterios sociales anteriormente referidos.
La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere el presente apartado será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, y no con carácter previo.
4. VALOR ESTIMADO Y PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:
El Valor Estimado del Contrato asciende al importe máximo de cincuenta y nueve mil novecientos treinta euros con treinta y un céntimos de euros (59.930,31 €),IVA no incluido. El mismo ha sido tenido en cuenta para elegir el procedimiento de licitación aplicable a este Contrato y la publicidad a la que va a someterse, siendo el resultado de evaluar sumar todos los costes que se precisen para la correcta prestación del servicio con el dimensionamiento establecido, y considerando que está prevista una posible prórroga al Contrato con una duración de seis (6) meses.
El Presupuesto Base de Licitación, asciende a treinta y seis mil doscientos cincuenta y siete euros con ochenta y cuatro céntimos de euro (36.257,84 €) IVA incluido (21 %, 6.292,68 €).
A continuación se detallan los costes directos e indirectos y otros eventuales gastos calculados para su determinación (importes con IVA incluido):
I.Costes Directos_30.468,77 €, desglosados del siguiente modo:
• Mano de obra
1860 horas de limpiador (fijo): 24.278,36 €
104 horas de limpieza de cristales (fijo): 1.476,99 €
Limpieza de cristales en altura (fijo) (estimadas 16 horas): 271,3 €
78 horas de limpiador (variable): 1.130,75 €
20 horas de limpieza de cristales (variable): 295,63 €
Limpieza de cristales en altura (variable) (estimadas 16 horas): 298,64 €
Servicios de periodicidad anual (variable) (estimadas 68 horas): 981,46 €
• Productos de limpieza y consumibles: 885,64 €
• Maquinaria o útiles para limpieza en altura: 850 €
II.Costes Indirectos: 5.789,07 €desglosados del siguiente modo:
• 6 % Gastos Generales: 1.828,13 €.
• 13 % Beneficio Industrial: 3.960,94 €.
Cualquier oferta por encima del Presupuesto Base de Licitación se rechazará de plano y quedará excluida de la licitación.
El Presupuesto Base de Licitación estará integrado por dos partes, correspondientes a las siguientes partidas con los precios máximos indicados a continuación:
- Parte Fija: El importe por este concepto se establece en 32.246,31 €, IVA incluido,(IVA: 21 %, 5.596,47 €), comprendiendo:
Limpieza_ 1.860 horasa un precio máximo de 13,24 €/h, IVA excluido.
Limpieza de cristales _ 104 horas a un precio máximo de 14,37 €/h, IVA excluido.
Trabajos de limpieza de cristales en altura, solicitado una vez durante el Contrato_ prestación retribuida a tanto alzado según lo ofertado por el Contratista, con un precio máximo de 528,96€, IVA excluido.
- Parte Variable: El importe máximo para esta parte asciende a 4.011,53 €, IVA incluido (IVA: 21 %, 696,22 €), comprendiendo:
– Un número máximo de 78 horas de servicio de limpiador para imprevistos de las que la Fundación está facultada para solicitar su ejecución en los términos descritos en el PPT, a un precio máximo de 14,66 €, IVA excluido.
– Un número máximo de 20 horas de limpieza de cristales para imprevistos a un precio máximo de 14,94 €, IVA excluido.
– Trabajos de limpieza de cristales en altura, solicitado una vez durante el Contrato_ prestación retribuida a tanto alzado según lo ofertado por el Contratista, con un precio máximo de 555,86 €, IVA excluido.
– Servicios de periodicidad anual, como es la limpieza de la fachada del edificio técnico, el pulido y encerado de suelos y la limpieza de las lamas parasol del edificio de usos complementarios, a un precio máximo de 1.317,18 €, IVA excluido, para las tres prestaciones.
Del mismo modo que lo establecido para el Presupuesto Base de Licitación, las proposiciones económicas que se presenten superando los precios máximos de licitación (IVA no incluido) fijados en el presente PCP, serán excluidas de la licitación.
En las cantidades mencionadas deberán incluirse tanto el coste de personal como los medios auxiliares y materiales que se precisen para la correcta prestación del servicio.
El Presupuesto de la posible Prórroga asciende a 36.257,84 €, IVA incluido (IVA: 21 %, 6.292,68 €).
El sistema de precios fijado para la presente licitación es mixto entre precios unitarios y a tanto alzado, y las prestaciones estás subordinadas a las necesidades de la Fundación por tanto el presupuesto base de licitación tiene carácter estimativo.
5. GARANTÍAS EXIGIDAS
- Provisional: no se exige.
- Definitiva: 5% importe de adjudicación, IVA excluido.
6. REQUISITOS ESPECÍFICOS DEL CONTRATISTA
De conformidad con el artículo 74 de la LCSP, para celebrar contratos con el sector público los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica que se determinen por el órgano de contratación. Este requisito podrá ser sustituido por el de la clasificación.
Para los contratos de servicios no será exigible la clasificación del empresario. En el presente apartado se establecen los criterios y requisitos mínimos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional tanto en los términos previstos en los artículos 87 y 90 de la Ley como en términos de grupo o subgrupo de clasificación y de categoría mínima exigible, siempre que el objeto del Contrato esté incluido en el ámbito de clasificación de alguno de los grupos o subgrupos de clasificación vigentes, atendiendo para ello al código CPV del Contrato.
En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario.
Por tanto, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el grupo o subgrupo de clasificación y categoría de clasificación correspondientes al Contrato o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia detallados a continuación.
Solvencia económica o financiera
Podrá acreditarse mediante uno de los siguientes medios:
- Volumen anual de negocios del licitador, referido al año de mayor volumen de negocio de los últimos tres ejercicios contables, aprobados y depositados en el Registro Mercantil u oficial que corresponda, y que deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del presente Contrato.
El volumen de negocios se acreditará mediante certificación, nota simple o información análoga expedida por el Registro y que contenga las cuentas anuales, siempre que esté vencido el plazo de presentación y se encuentren depositadas. Si el último ejercicio se encontrara pendiente de depósito, deben presentarlas acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano competente para ello y de su presentación en el Registro. Los empresarios individuales no inscritos deben presentar su libro de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
- En los casos en que resulte apropiado, la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, por importe no inferior al valor estimado del presente Contrato, así como aportar el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo de diez días hábiles al que se refiere el apartado 2 del artículo 150 de la LCSP.
La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda.
Solvencia técnica y profesional
La solvencia técnica y profesional del licitador deberá acreditarse por los siguientes medios:
RELACIÓN DE CONTRATOS DE SERVICIOS SIMILARES:
Los licitadores deberán acreditar documentalmente, haber ejecutado en el curso de los tres últimos años, como máximo, contratos de servicios similares a los que son objeto de la presente licitación. Es requisito mínimo que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al setenta por ciento (70%) del valor estimado de la presente licitación.
A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del Contrato, se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV o al mismo subgrupo de Clasificación.
A los efectos de calcular las últimas anualidades, se tomará como referencia la fecha de publicación de la presente licitación en el Perfil del Contratante de la Fundación.
A tal efecto la justificación documental deberá incluir el importe, fechas y el destinatario público o privado de los mismos.
Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del Sector Público. Cuando el destinatario sea una entidad privada, se acreditará mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario licitador.
En todo caso, la Fundación se reserva el derecho de solicitar documentación o información complementaria que acredite lo declarado por los licitadores a este respecto.
No obstante lo anterior, la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, según lo establecido en el artículo 86.2 de la LCSP, podrá ser sustituida por la CLASIFICACIÓN del empresario (Grupo U, Subgrupo 1, Categoría 1 – tipología anterior: A). En este caso, para completar la documentación administrativa, se deberá adjuntar también la documentación acreditativa de la capacidad de obrar del licitador, en los términos fijados en este Pliego.
Integración de la solvencia con medios externos
Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá completar su solvencia a través de servicios externos, resultando de aplicación en este caso lo dispuesto en el artículo 75 de la LCSP, según el cual el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios. Si de conformidad con el artículo 75.3 de la LCSP, una empresa recurre a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, la Fundación podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario.
En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 LCSP, podrán recurrir a las capacidades ajenas a la unión temporal.
Concreción de las condiciones de solvencia
En los contratos de servicios, podrá exigirse a las personas jurídicas que especifiquen los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación, de conformidad con el artículo 76.1 LCSP.
Asimismo, en virtud del apartado 2 del artículo 76 LCSP, los órganos de contratación podrán exigir a los licitadores que, además de acreditar su solvencia o, en su caso, clasificación, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del Contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos tienen el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos previstos en el artículo 211, o establecer penalizaciones, conforme a lo señalado en el artículo 192.2 para el caso de que se incumplan por el adjudicatario.
Estos medios personales y materiales formarán parte de la propuesta presentada por los licitadores y, por lo tanto, del Contrato que se firme con el adjudicatario. Por este motivo, deberán ser mantenidos por la empresa adjudicataria durante todo el tiempo de realización de este servicio. Cualquier variación respecto a ellos deberá ser comunicada a la Fundación.
Se exigirá a los licitadores en la fase de selección y a los efectos de la misma, que completen su solvencia técnica mediante declaración del compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y/o materiales necesarios para la correcta ejecución de los servicios ofertados.
– El compromiso deberá ser firmado por el licitador o su representante. En el caso de uniones temporales, el compromiso deberá estar firmado por todos los miembros componentes de la unión.
La valoración de este compromiso de adscripción de medios personales y/o materiales operará a todos los efectos como criterio de solvencia de las empresas y será, por ello, criterio de selección de las mismas, de forma que los licitadores que no justifiquen de la forma indicada esta adscripción quedarán excluidos, aun cuando cumplan con los restantes requisitos de solvencia también exigidos en este Pliego.
Consecuentemente, en el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante, los licitadores, nacionales y extranjeros, en el caso de ser propuestos como adjudicatarios, deberán adscribir obligatoriamente para la ejecución de este contrato, como criterio de solvencia, los siguientes medios:
COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES
Según lo establecido en el Convenio Colectivo aplicable y a efectos del cumplimiento de las obligaciones laborales que puede derivarse del presente Contrato, se proporciona como documentación complementaria las condiciones de los Contratos de los trabajadores de la empresa que actualmente presta servicios, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 del LCSP para este tipo de servicios.
– Se exigirá a los licitadores en la fase de selección y a los efectos de la misma, que completen su solvencia técnica mediante el compromiso de adscribir a la ejecución del Contrato los medios personales necesarios para la correcta ejecución de los servicios ofertados.
– El compromiso deberá ser firmado por el licitador o su representante. En el caso de uniones temporales, el compromiso deberá estar firmado por todos los miembros componentes de la unión.
– Cualquier variación respecto a ellos deberá ser comunicada a Fundación. Su incumplimiento podrá ser causa de resolución del Contrato o de imposición de penalizaciones.
La valoración de este compromiso de adscripción de medios personales operará a todos los efectos como criterio de solvencia de las empresas y será, por ello, criterio de selección de las mismas, de forma que los licitadores que no justifiquen de la forma indicada esta adscripción quedarán excluidos, aun cuando cumplan con los restantes requisitos de solvencia también exigidos en el PCP.
7. PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
a) Fecha límite de presentación de ofertas:
Hasta las 14:00 horas del miércoles 11 de julio de 2018.
NO SERÁN ADMITIDAS AQUELLAS PROPOSICIONES QUE, HABIENDO SIDO ENVIADAS POR CORREO, MENSAJERÍA O CUALQUIER OTRO MEDIO, SE RECIBAN FUERA DEL PLAZO CITADO EN EL PÁRRAFO ANTERIOR.
Documentación a presentar: Ver Pliegos.
b) Modalidad de presentación. Manual (presencial, correo ordinario y mensajería).
c) Lugar de presentación:
1. Dependencia: Asesoría Jurídica.
2. Domicilio: Avenida Presidente Rodríguez Zapatero s/n.
3. Localidad y código postal: Cubillos del Sil (León), C.P. 24492.
d) Admisión de variantes y mejoras:No se admiten variantes, admitiéndose las mejoras previstas en Pliegos.
8. APERTURA PÚBLICA DE LAS PROPOSICIONES
a) Dirección: Avenida Presidente Rodríguez Zapatero, s/n.
b) Localidad y código postal: Cubillos del Sil (León), C.P. 24492.
c) Fecha y hora: 15:00 horas del mismo día que finaliza el plazo de presentación de ofertas, miércoles 11 de julio de 2018.
9. DESCARGA DE DOCUMENTACIÓN:
- Descarga del PCP:
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
- Descarga del PPT:
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
10. CONSULTAS:
Las consultas de índole técnica y/o jurídica deberán ser formuladas en la siguiente dirección email:
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11. VISITA VOLUNTARIA DE LAS INSTALACIONES
Los licitadores podrán visitar las instalaciones objeto del Contrato para comprobar sobre las zonas de trabajo cuanto estime oportuno. No será admitida ninguna reclamación fundamentada en el desconocimiento de las condiciones de los servicios a realizar.
Contacto para la solicitud y confirmación de visita:
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12. ENLACE AL PERFIL DEL CONTRANTE ALOJADO EN LA PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO
La información relativa al presente contrato que vaya a ser publicada a través del Perfil de Contratante de la Fundación en la Plataforma de Contratación del Sector Público (http://contrataciondelestado.es) podrá ser consultada en la siguiente dirección electrónica https://contrataciondelestado.es/fundacionciudaddelaenergia.
En Cubillos del Sil, a 26 de junio de 2018.
13. AMPLIACIÓN PLAZO PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Debido a una incidencia al tramitar la publicación del expediente en la Plataforma de Contratación del Sector Público, se procede a fijar la siguiente nueva fecha límite para la presentación de ofertas:
- Hasta las 14:00 horas del viernes 13 de julio de 2018.
En Cubillos del Sil, a 28 de junio de 2018.
14. ADJUDICACIÓN
- CONTRATISTA:ARALIA SERVICIOS SOCIOSANITARIOS, S.A.
- IMPORTE DE ADJUDICACIÓN:veinticuatro mil cincuenta y cinco euros con sesenta y dos céntimos de euro (24.055,62 €), IVA excluido (21 %, 5.051,68 €).
- FECHA DE LA RESOLUCIÓN: 3 de agosto de 2018.
- MOTIVACIÓN:
Las propuestas presentadas dentro del plazo fijado en los anuncios de licitación, han sido las siguientes:
- ARALIA SERVICIOS SOCIOSANITARIOS, S.A.
- INSTITUTO MINÚSVALIDO ASTUR, S.A.L. (ITMA, S.A.L.)
- ROYAL CLEAN, S.L.
Habiendo presentado el candidato mejor valorado una oferta incursa en presunción de anormalidad o desproporción, ARALIA SERVICIOS SOCIOSANITARIOS, S.A., justificó la propuesta económica presentada, “considerándose que la misma cuenta con la medios exigidos para la realización del objeto del Contrato a satisfacción de la Fundación, garantizando a su vez la calidad exigida y la viabilidad del mismo, en los términos exigidos por la documentación contractual”, por lo que la Comisión de Contratación, por unanimidad de los asistentes, acordó su aceptación, dictaminando en consecuencia la continuidad del licitador en el procedimiento.
ARALIA SERVICIOS SOCIOSANITARIOS, S.A., ha resultado adjudicataria de la licitación al tratarse del candidato con mejor puntuación en virtud de los criterios de adjudicación rectores de la presente licitación y cumplir con el resto de requisitos exigidos en la misma.
OFERTAS Y PUNTUACIONES obtenidas por los licitadores, tras su evaluación mediante la aplicación de los Criterios de Adjudicación Objetivos, ponderables mediante la aplicación de Fórmulas:
Por tanto, en virtud de las PUNTUACIONES obtenidas por los licitadores,la clasificación de las proposiciones por orden decreciente ha resultado ser la siguiente:
LICITADOR |
PUNTUACIÓN |
ARALIA SERVICIOS SOCIOSANITARIOS |
97,90 |
INSTITUTO MINÚSVALIDO ASTUR |
86,31 |
ROYAL CLEAN |
83,24 |
Contra la presente decisión podrá acudirse al orden jurisdiccional contencioso-administrativo, competente para resolver las cuestiones relativas a la preparación, adjudicación y modificaciones contractuales en los términos establecidos en el artículo 27.1.c) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP).
A su vez y de acuerdo con el artículo 44.6 de la LCSP, los actos que se dicten en este procedimiento de adjudicación se podrán impugnar en vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ante la Secretaría de Estado de Energía como órgano al que está adscrito la Fundación.
En Cubillos del Sil, a 3 de agosto de 2018.
15. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato ha sido formalizado con fecha 6 de agosto de 2018 y ha comenzado su ejecución el 16 de agosto de 2018.
En Cubillos del Sil, a 20 de agosto de 2018.